La accesibilidad en piscinas públicas es un derecho fundamental en Portugal, garantizado por la Lei n.º 163/2006 y otras normativas locales relacionadas con la “inclusão das pessoas com deficiencia”. Estas regulaciones establecen que todos los espacios de ocio acuático deben ser accesibles, ofreciendo condiciones seguras para que cualquier persona, con movilidad reducida o discapacidad, pueda disfrutar del agua de manera autónoma.
Entre las exigencias más importantes se incluyen rampas, pasamanos, zonas de circulación amplias y, especialmente, sistemas de acceso al agua que permitan a los usuarios entrar y salir de la piscina sin ayuda externa. Las piscinas públicas deben contar con dispositivos que cumplan estas normas, garantizando seguridad, autonomía.